Cese de oficio por inactividad del contribuyente en Convenio Multilateral
Se establece el procedimiento que deberá realizar cada jurisdicción para solicitar el cese de oficio ante el Comité de Administración del Padrón Web, luego de detectar la inactividad de contribuyente
Mediante la Resolución (CA) 5/2018, se establece el procedimiento que deberá realizar una determinada jurisdicción para solicitar el cese de oficio ante el Comité de Administración del Padrón Web, luego de detectar la inactividad de un contribuyente.
Una vez que la baja quede efectivizada, se notificará al contribuyente dicha situación y se le solicitará, en caso de corresponder, la presentación del CM05 con el recálculo de coeficientes vigentes para las jurisdicciones que queden activas.
La entrada en vigencia es a partir del 1/1/2019 .
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