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Honorarios judiciales: implicancias de la RG (ARCA) 5824 para abogados y peritos

Se elimina la excepción de facturar honorarios y deberán emitir comprobantes. ¿Desde cuándo rige?

Mediante la RG (ARCA) 5824/2026, se moderniza el régimen de emisión de comprobantes (sustituyendo y modificando aspectos de la histórica RG 1415), y se suprimen exenciones que durante décadas permitieron a los profesionales del derecho operar bajo esquemas administrativos simplificados en el ámbito judicial.

El cambio de paradigma: de la dispensa a la obligación de facturar

Hasta la irrupción de esta norma, los abogados y peritos que percibían honorarios mediante libranzas judiciales o transferencias ordenadas por juzgados se encontraban, en muchos casos, dispensados de emitir el comprobante electrónico correspondiente, ya que el propio registro judicial servía como respaldo suficiente de la operación.

La RG 5824 quita esta excepción. A partir de su plena aplicación, los profesionales que perciban honorarios y retribuciones vía judicial quedan obligados a emitir facturas electrónicas por cada regulación percibida.

Cronograma de implementación y vigencia

Aunque la resolución ya se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial, el organismo ha previsto un plazo de adecuación técnica y administrativa.

Las nuevas obligaciones de emisión para los sujetos que pierden la excepción (incluyendo directores de sociedades y abogados por honorarios judiciales) serán aplicables a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026.

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