AVZ Contadores
Tributario 1 min de lectura

IVA. Se prorroga al 1/3/2020 la utilización obligatoria del SIRE y se efectúan adecuaciones

Desde el 1/12/2019 su utilización es opcional

Mediante la RG (AFIP) 4640, se prorroga al 1/3/2020 la utilización obligatoria del SIRE para informar e ingresar las retenciones y/o percepciones del impuesto al valor agregado. También se aclara que desde el 1/12/2019 su utilización es opcional para las retenciones del impuesto y se efectúan adecuaciones respecto de la normativa vigente relacionada con los períodos de opción y obligatoriedad de los sistemas.

Compartir esta circular:

¿Necesitás asesoramiento sobre este tema?

Nuestro equipo está disponible para resolver tus consultas y acompañarte en el cumplimiento normativo.