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Modificaciones en el Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para los periodos fiscales 2018 y 2019
Se incrementa el mínimo no imponible a $ 2.000.000 y se exime del impuesto a la casa habitación cuando su valor sea inferior a $ 18.000.000
Mediante la ley 27480, se modifica el impuesto sobre los bienes personales. En tal sentido, se establece para el año fiscal 2019:
- Se incrementa el mínimo no imponible a $ 2.000.000 y se exime del impuesto a la casa habitación cuando su valor sea inferior a $ 18.000.000.
- Se adoptan escalas de alícuotas progresivas, con un rango que se inicia en 0,25% y llega hasta el 0,75% para el caso de los patrimonios más altos.
- Entre 0 y $3.000.000, pagarán $0 de impuesto fijo y el 0,25% del excedente de $0
- Entre $3.000.000 y $18.000.000, pagarán $7.500 de impuesto fijo y el 0,50% del excedente de $3.000.000
- Más de $18.000.000, pagarán $82.500 de impuesto fijo y el 0,75 % del excedente de $18.000.000
- Se mantiene la exención para los inmuebles rurales pertenecientes a las personas humanas.
- Para la liquidación del impuesto del año fiscal 2018, se establece que la valuación fiscal de los inmuebles será la vigente al 31/12/2017, ajustada por el índice de precios al consumidor nivel general.
Con respecto al impuesto a las ganancias, se eximen para los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública las remuneraciones percibidas en guardias obligatorias de centros de salud ubicados en zonas desfavorables.
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