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Monotributo. Se extiende la suspensión de la baja de oficio

No se computarán los meses de marzo, abril y de mayo como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen

Mediante la RG (AFIP) 4724 (B.O. 28/05/2020), se extiende la suspensión de las bajas de oficio no realizando durante el mes de mayo los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin.

Asimismo se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de marzo, abril y de mayo como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.

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