AVZ Contadores
General 1 min de lectura

Nuevo procedimiento para la obtención de certificados de no retención y no percepción de ingresos brutos y exclusión de SIRCREB en la Provincia de San Juan

Se modifica el procedimiento para la obtención de certificados, a fin de evitar la generación de saldos a favor, de acuerdo al compromiso asumido por la Provincia al suscribir el Consenso Fiscal

Mediante la Resolución (DGR San Juan) 1296/2018, se modifica el procedimiento para la obtención de certificados de no retención y no percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, dispuestos por las Resoluciones (DGR San Juan) 1460/2002 y 925/2010 y la exclusión del régimen de SIRCREB establecido por la Resolución (SHF) 1197/2004.

Los contribuyentes que exterioricen la generación de saldos a favor y no registren deudas en los demás impuestos recaudados por la DGR podrán tramitar los certificados mencionados.

La solicitud de emisión del certificado no de retención y no percepción, deberá ser tramitada por el contribuyente a través de la página web de la DGR utilizando la clave CUR.

De ser procedente, los certificados tendrán una validez de 90 días corridos a partir de la fecha de emisión.

Cuando la solicitud se realice antes del día 20 de cada mes, la exclusión del Régimen SIRCREB será a partir del primer día del mes siguiente al de dicha solicitud. Si la solicitud se efectúa con posterioridad al día 20 de cada mes, la exclusión regirá a partir del primer día del mes subsiguiente al de dicha solicitud. Se excluye de las disposiciones comentadas a los contribuyentes calificados en Riesgo Fiscal, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución (DGR San Juan) 1219/2014.

Finalmente, se deja sin efecto la Resolución (DGR San Juan) 1139/2015, que establecía condiciones más rigurosas para la tramitación de los certificados.

Compartir esta circular:

¿Necesitás asesoramiento sobre este tema?

Nuestro equipo está disponible para resolver tus consultas y acompañarte en el cumplimiento normativo.