Tributario 1 min de lectura
Régimen de facilidades de pago de hasta 60 cuotas por obligaciones vencidas hasta el 31/1/2019. Extensión del plazo para para contribuyentes no categorizados como MIPYMES
Se extiende hasta el 31/7/2019 el plazo de adhesión para contribuyentes no categorizados como MIPYMES, con un tope de la tasa de interés del 2,5% ...
Mediante la RG (AFIP) 4510, se extiende hasta el 31/7/2019 el plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago por obligaciones vencidas hasta el 31/1/2019 -RG (AFIP) 4477- para aquellos contribuyentes que no registren la condición de micro, pequeñas y medianas empresas -mipymes- y que ingresen un pago a cuenta del 20% del total de la deuda a cancelar, pudiendo acceder de este modo al tope de la tasa de interés del 2,5%.
¿Necesitás asesoramiento sobre este tema?
Nuestro equipo está disponible para resolver tus consultas y acompañarte en el cumplimiento normativo.
Más sobre Tributario
Circulares relacionadas
Mineria
ARCA sustituye el procedimiento para acreditar la residencia fiscal de beneficiarios del exterior
Tributario
Nuevo régimen de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro
Auditoria