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Régimen de facilidades de pago de hasta 60 cuotas por obligaciones vencidas hasta el 31/1/2019. Extensión del plazo para para contribuyentes no categorizados como MIPYMES
Se extiende hasta el 31/7/2019 el plazo de adhesión para contribuyentes no categorizados como MIPYMES, con un tope de la tasa de interés del 2,5%
Mediante la RG (AFIP) 4510, se extiende hasta el 31/7/2019 el plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago por obligaciones vencidas hasta el 31/1/2019 -RG (AFIP) 4477- para aquellos contribuyentes que no registren la condición de micro, pequeñas y medianas empresas -mipymes- y que ingresen un pago a cuenta del 20% del total de la deuda a cancelar, pudiendo acceder de este modo al tope de la tasa de interés del 2,5%.
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