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Se extiende el plazo para adherir al Miniplan del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales

El beneficio solo alcanzará a los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER

Mediante la RG (AFIP) 5109, publicada en el B.O. el 30/11/2021, se extiende al 31/1/2022 el plazo para que los contribuyentes puedan solicitar la adhesión al plan para regularizar obligaciones de los impuestos a las ganancias y bienes personales sin que se tenga en cuenta la categoría del SIPER -Mini Plan, RG (AFIP) 4959-.

El beneficio mencionado solo alcanzará a los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER.

Finalmente, recordamos que aquellas obligaciones vencidas hasta el 31/08/2021, podrá regularizarse en la moratoria dispuesta por la ley 27563.

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