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Societario Tributario 1 min de lectura

Se extiende hasta el 31/3/2020 la suspensión de la aplicación de embargos y otras medidas cautelares

La medida es aplicable para las para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

Mediante la RG (AFIP) 4655, se extiende hasta el 31/3/2020 la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas.

Señalamos que la traba de medidas cautelares que fueron afectadas por la suspensión y deban realizarse a partir del 1/4/2020 serán realizadas en forma progresiva respecto de las pautas que establezca la AFIP a tal efecto.

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