Societario Tributario 1 min de lectura
Se extiende hasta el 31/3/2020 la suspensión de la aplicación de embargos y otras medidas cautelares
La medida es aplicable para las para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
Mediante la RG (AFIP) 4655, se extiende hasta el 31/3/2020 la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas.
Señalamos que la traba de medidas cautelares que fueron afectadas por la suspensión y deban realizarse a partir del 1/4/2020 serán realizadas en forma progresiva respecto de las pautas que establezca la AFIP a tal efecto.
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