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Se incrementan los montos no sujetos a retención del impuesto a las ganancias a partir del 1/8/2019
Ponemos a disposición las alícuotas y mínimos aplicables para el régimen de retención de la RG (AFIP) 830
Mediante la RG (AFIP) 4525, se establecen las siguientes modificaciones al régimen general de retención del impuesto, con aplicación para los pagos que se realicen a partir del 1/8/2019:
- Se incrementan en aproximadamente un 57% los montos no sujetos a retención que se aplican a los sujetos inscriptos en el impuesto, manteniéndose en $ 10.000 el monto no sujeto a retención para los derechos de autor.
- Se incrementa de $ 150 a $ 240 el importe mínimo de retención, y de $ 650 a $ 1.020 cuando se trate de alquileres de inmuebles urbanos percibidos por beneficiarios no inscriptos en ganancias -art. 29-.
Las presentes disposiciones serán de aplicación a los pagos que se efectúen a partir del 1/8/2019, inclusive, aun cuando correspondan a operaciones realizadas con anterioridad a dicha fecha.
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