09 ENE, 2019
Impuesto a la renta financiera: Las entidades financieras y otros sujetos debern informar a la AFIP y a sus clientes las operaciones realizadas
Mediante la RG (AFIP) 4394, se establece que las entidades financieras, los agentes registrados en la Comisin Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversin debern informar a la AFIP las operaciones efectuadas por sus clientes, personas humanas y sucesiones indivisas, por las que se paguen o pongan a disposicin intereses o rendimientos que puedan estar alcanzados por el impuesto cedular a la renta financiera -art. 90.1 de la ley del gravamen-. La informacin a suministrar es la correspondiente al ao calendario 2018, mientras que a partir del ao 2019, se encuentra vigente un rgimen de informacin de similares caractersticas -dispuesto por la RG (AFIP) 4298-.
La citada informacin correspondiente al ao 2018 deber remitirse a la AFIP hasta el da 15/3/2019.
Los sujetos que deben informar a la AFIP las citadas operaciones deben poner a disposicin de sus clientes, en un plazo no menor a treinta das de la fecha prevista para el vencimiento de la declaracin jurada de ganancias de las personas humanas, la citada informacin correspondiente a intereses y rendimientos, y adems, la referida a la enajenacin de ttulos pblicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversin, ttulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y dems valores .
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