26 ENE, 2019
Nuevas normas de facturacin para exportaciones de servicios
Mediante la RG (AFIP) 4401, se sustituye la normativa referida a la facturacin de la exportacin de servicios.
- Las prestaciones de servicios debern documentarse en comprobantes independientes a otras operaciones de exportacin.
- Las excepciones a la obligacin de emisin de comprobantes dispuestas por la resolucin general (AFIP) 1415 no resultarn de aplicacin respecto de los sujetos y operaciones alcanzados por las presentes disposiciones.
- En los comprobantes que se emitan, el tipo de operacin Exportacin de Servicios deber identificarse mediante el cdigo 2.
- La solicitud de autorizacin a la AFIP para emitir dichos comprobantes podr efectuarse dentro de los 5 das corridos anteriores o posteriores a la fecha consignada en el comprobante. En caso de que la fecha de solicitud sea anterior a la del comprobante, ambas debern corresponder al mismo mes calendario.
- Se deber indicar el pas destino de la factura y podrn emitirse en moneda de curso legal o en moneda extranjera. En este caso, se establecen especificaciones respecto del tipo de cambio a utilizar para cada caso.
ETIQUETAS Facturacin y registracincomercio exterior
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