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ALOS, VIZCAINO, ZUNINO & ASOC. CONTADORES PUBLICOS

06 MAY, 2019

Rgimen de facilidades de pago de hasta 60 cuotas por obligaciones vencidas hasta el 31/1/2019

Mediante la RG (AFIP) 4477, se establece un plan de facilidades de pago para cancelar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas al 31/1/2019, inclusive, con sus intereses y multas en hasta 60 cuotas.

Entre sus principales caractersticas, destacamos las siguientes: 

  • Se encuentran incluidas las deudas impositivas y previsionales, y del Rgimen Simplificado para Pequeos Contribuyentes y/o al Rgimen de Trabajadores Autnomos. 
  • Se encuentran excluidos los anticipos y/o pagos a cuenta, intereses de las deudas de capital que no estn incluidas en el presente rgimen, el IVA generado por servicios digitales, entre otras prestaciones de servicios, los aportes y contribuciones destinados al Rgimen Nacional de Obras Sociales, los aportes y contribuciones del rgimen de casas particulares, las contribuciones y/o aportes con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), las cuotas destinadas a las ART, el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, las obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado a partir del 15/5/2019, los impuestos sobre los combustibles lquidos, gas natural y al dixido de carbono, el impuesto al gas oil y al gas licuado y el Fondo de Infraestructura, las obligaciones vinculadas con regmenes promocionales que concedan beneficios tributarios, el impuesto especfico sobre la realizacin de apuestas, deudas de origen aduanero, retenciones y percepciones con destino al rgimen de la seguridad social, y las multas, intereses y dems accesorios. 
  • El presente plan de facilidades de pago tendr un pago a cuenta segn el siguiente detalle:  
  1. 1% de la deuda consolidada: para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social de contribuyentes mipymes (inscriptos en el Registro) y monotributistas.
  2. 5%, 10% o 20% de la deuda consolidada: segn la cantidad de cuotas solicitadas, cuando se trate de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social para el resto de los contribuyentes. 
  • Las cuotas sern mensuales, iguales en cuanto al componente capital a cancelar, y consecutivas, y sern como mximo 60 cuotas, segn el tipo de contribuyente y el pago a cuenta que se efecte.
  • El monto del pago a cuenta y de cada cuota deber ser igual o superior a $ 1.000. 
  • La primera cuota vencer el da 16/9/2019, cualquiera sea su fecha de consolidacin, y las cuotas subsiguientes vencern el da 16 de cada mes, por medio de dbito directo en cuenta bancaria. En caso de no poder hacer efectivo el pago, se proceder a realizar un nuevo intento de dbito directo el da 26 del mismo mes. 
  • La tasa de financiamiento ser fija y mensual para la primera cuota del mes de setiembre de 2019 y luego ser variable, y se actualizar por trimestre calendario para las cuotas con vencimiento en los meses de octubre de 2019 y siguientes, la cual se publicar en el sitio web de la AFIP. Se prev una reduccin de la tasa de inters de financiamiento para todos los contribuyentes, en virtud de la fecha de acogimiento al plan.
  • Ser condicin para adherir al presente plan tener presentadas todas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social que se quiere regularizar, y poseer domicilio fiscal electrnico y tener declarada la CBU correspondiente para el dbito de las cuotas. 

Se establece la posibilidad de refinanciar planes de facilidades de pago por deudas vencidas al 30/9/2018 -dispuesto por la RG (AFIP) 4289-. A tal efecto, se determinar un pago a cuenta y se recalcularn las cuotas que se adeudan. La cantidad mxima de cuotas a otorgar ser de 60, y todas las cuotas vencidas al mes anterior a la refinanciacin debern encontrarse pagas al momento de solicitarla. 

Las presentes disposiciones resultan de aplicacin: 

  • Plan de facilidades de pago para pymes y monotributistas: desde el 15/5/2019 hasta el 31/8/2019.
  • Plan de facilidades de pago para el resto de los contribuyentes (excepto monotributistas y autnomos que hayan solicitado planes con un pago a cuenta del 20%): desde el 15/5/2019 hasta el 25/6/2019. 
  • Refinanciacin de planes de facilidades de pago vigentes: desde el 1/6/2019 hasta el 31/8/2019. 

ETIQUETAS planes de pagoprocedimiento fiscal

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