22 JUL, 2019
Limitacin al cmputo de crdito fiscal. Bares, restaurantes, hoteles, gimnasios y similares, playas de estacionamiento y otros
Mediante la RG (AFIP) 4520, se reemplazan las disposiciones relacionadas con la emisin de comprobantes por operaciones cuya limitacin al cmputo del crdito fiscal, no resulte aplicable por tratarse de operaciones vinculadas con actividades gravadas.
Las actividades alcanzadas por el presente rgimen son las efectuadas por bares, restaurantes, cantinas, salones de t, confiteras, hoteles, hosteras, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares, posadas, hoteles o alojamientos por hora, casas de baos, masajes, piscinas de natacin, gimnasios, peluqueras, salones de belleza, playas de estacionamiento o garajes y similares.
Las citadas operaciones deben ser realizadas mediante la emisin de comprobantes electrnicos, o cuando se trate de operaciones mayores a $ 10.000 podrn ser realizadas con controladores fiscales de nueva tecnologa.
En todos los casos se deber consignar en los comprobantes las causales que motivan la emisin de comprobantes tipo A que posibilitan el cmputo del crdito fiscal.
Por ltimo sealamos que se deja sin efecto el formulario de declaracin jurada 8001, y el rgimen de informacin de operaciones emitidas mediante controladores fiscales que estaban previstos para este tipo de operaciones.
ETIQUETAS procedimiento fiscal
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