AVZ & Asociados - Circulares
ALOS, VIZCAINO, ZUNINO & ASOC. CONTADORES PUBLICOS

27 JUL, 2018

Nuevas pautas para el cmputo de la deduccin por hijos menores de 18 aos en el Impuesto a las Ganancias

Mediante la RG (AFIP) 4286, se modifica la procedencia de las deducciones en concepto de hijo, hija, hijastro o hijastra.

En tal sentido, cuando se trate de cargas de familia de menores de 18 aos, la deduccin debe ser computada por quien posea la responsabilidad parental, de acuerdo a lo que establece el Cdigo Civil y Comercial de la Nacin, y cuando la deduccin la efecten ambos padres, solo podrn computar el 50% del valor deducible en el impuesto.

Cuando se trate de cargas de familia de sujetos incapacitados para el trabajo mayores de 18 aos, la deduccin ser computada por el pariente ms cercano y, como en el caso anterior, si ambos padres desean computar la deduccin, debern tomar cada uno el 50% del valor deducible.

Por otra parte, y con respecto al SIRADIG, se prev que, al momento de efectuar la declaracin de las cargas de familia que resultan deducibles en el impuesto, se deber indicar que por las mismas no se perciben asignaciones familiares y, a partir del 03/09/2018, se deber actualizar la informacin de las cargas de familia, receptando las presentes disposiciones .


ETIQUETAS deducciones personales

VOLVER

Puede interesarte: