30 SEP, 2019
Se extiende la fecha a partir de la cual la emisin de notas de dbito y crdito solo puede ser realizada por los sujetos que generaron el comprobante de venta original
Mediante la RG (AFIP) 4589, se extiende al 1/2/2020 la entrada en vigencia de las disposiciones que nicamente permiten emitir notas de crdito y/o dbito a los sujetos que generaron el comprobante de venta original.
Recordamos que la RG (AFIP) 4540, estableci nuevas disposiciones aplicables en materia de emisin de notas de crdito y/o dbito.
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