10 SEP, 2018
Se crea el Remito Electrnico Crnico para el traslado automotor de carnes y subproductos de faena de las especies bovina/bubalina y porcina a partir del 1/11/2018
Mediante la RG (AFIP) 4256, se establece la obligacin de emitir un Remito Electrnico Crnico como nico documento vlido para el traslado automotor dentro del pas, de carnes y subproductos de faena de las especies bovina/bubalina y porcina.
Se encuentran obligados a emitir estos comprobantes los sujetos que desarrollen las actividades que se detallan, siempre que no se trate de operaciones de importacin, exportacin o realizadas con consumidores finales:
- Frigorfico/establecimiento faenador;
- Usuarios de faena;
- Abastecedor;
- Despostadero;
- Consignatario de carnes;
- Consignatario directo.
Con anterioridad al traslado de la mercadera, se deber solicitar el Cdigo de Remito Electrnico a travs de la Web de la AFIP, ingresando al servicio Remitos electrnicos, opcin Remito Crnico, y una vez otorgado el mismo se autorizar la emisin del Remito Electrnico Crnico.
Para poder emitir el remito electrnico crnico, se deber habilitar el punto de emisin a travs del servicio Administracin de puntos de venta y domicilios, en la opcin ABM Puntos de Venta/Emisin.
Cuando los titulares o depositarios de la mercadera no sean los emisores del remito, debern ingresar al servicio Remitos electrnicos, opcin Remito Crnico, para prestar conformidad y validar la emisin del remito.
El destinatario de la mercadera, una vez recibida la misma, deber ingresar al citado servicio para aceptar o rechazar total o parcialmente la mercadera recibida.
La entrada en vigencia es partir del 1/11/2018.
Acceda al esquema elaborado por el Departamento de IMPUESTOS de AVZ & Asoc.
ETIQUETAS Facturacin y registracin
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