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ALOS, VIZCAINO, ZUNINO & ASOC. CONTADORES PUBLICOS

17 MAR, 2020

Licencias especiales dispuestas por el Ministerio de Trabajo

Mediante la Resolucin (MTESS) 207/2020,  se dispone una serie de normas en lnea con las acciones de profilaxis y preventivas adoptadas desde el Ministerio de Salud de la Nacin, y la Resolucin MTEySS N° 202( BO 13/03/2020).

Entre las principales medidas se destacan:

  • Suspndase el deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo de CATORCE DIAS (14) das, con goce ntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores y las trabajadoras mayores de sesenta (60) aos de edad, excepto que sean considerados personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento.
  • No podr declararse Personal Esencial a las trabajadoras embarazadas, y trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional (enfermedades respiratorias crnica, enfermedades cardacas, inmunodeficiencias, diabticos).
  • Los trabajadores y las trabajadoras alcanzados por la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo segn esta resolucin, cuyas tareas habituales u otras anlogas puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, debern en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor ser realizada.
  • Dispnese que, mientras dure la suspensin de clases en las escuelas establecida por Ministerio de Educacin de la Nacin, se considerar justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del nio, nia o adolescente. La persona alcanzada por esta dispensa deber notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control. Podr acogerse a esta dispensa solo un progenitor o persona responsable, por hogar.
  • Recomindese a los empleadores y empleadoras que dispongan las medidas necesarias para disminuir la presencia de trabajadores y trabajadoras en el establecimiento a aquellos indispensables para el adecuado funcionamiento de la empresa o establecimiento, adoptando a tal fin, las medidas necesarias para la implementacin de la modalidad de trabajo a distancia.

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