12 MAY, 2020
Regmenes de facilidades de pago. Tasas de financiamiento aplicable
Mediante la RG (AFIP) 4709, la AFIP establece determinadas adecuaciones en las normativas de los regmenes de facilidades de pago como consecuencia de haberse modificado, por medio del Banco Central la tasa de inters de los depsitos a plazo fijo que era la que se utilizaba para aplicar la tasa de inters de financiacin de los siguientes regmenes de facilidades de pago:
- RG (AFIP) 4057: Rgimen de facilidades de pago para cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales
- RG (AFIP) 4166: Rgimen de facilidades de pago permanente para los sujetos que hayan sido excluidos del Monotributo
- RG (AFIP) 4268: Rgimen de facilidades de pago para la regularizacin de obligaciones impositivas,, recursos de la seguridad social y/o aduaneras
- RG (AFIP) 4341: Rgimen de facilidades pago destinado a los contribuyentes y responsables que obtengan la homologacin de un acuerdo preventivo extrajudicial
En este sentido el BCRA estableci para los depsitos a tasa fija en pesos no ajustables por UVA o UVT inferiores o iguales a $ 4.000.000 a nombre de titulares que sean personas humanas, que la tasa nominal anual no podr ser inferior a la que difunda cada viernes el Banco Central de la Repblica Argentina.
La tasa de inters vigente es del 2,29% mensual.
La entada en vigencia es a partir del 8/5/2020.
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