26 JUN, 2020
Se extienden los plazos de suspensin por falta de trabajo y fuerza mayor dispuestas en los trminos del artculo 223 bis de la LCT
Mediante el Decreto 529/2020, el Poder Ejecutivo deja sin efecto los lmites de 30 das y 75 das para las suspensiones por falta o disminucin de trabajo no imputable al empleador o por fuerza mayor previstos en los artculos 220, 221 y 222 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), y establece que aquellas dispuestas en el marco del artculo 223 bis LCT podrn extenderse hasta el cese del lapso de duracin del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
ETIQUETAS laboral y previsional
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