19 DIC, 2024
Actualizan el rgimen de percepcin de ganancias y bienes personales por operaciones en moneda extranjera
Mediante la RG (ARCA) 5617/2024, (B.O. 19/12/2024), se sustituye el texto de la RG (AFIP) 4815 Rgimen de percepcin de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales por compras de moneda extranjera por un nuevo texto ordenado donde se preserve la continuidad y el alcance del rgimen de percepcin establecido por la norma, con motivo de la finalizacin de la vigencia del impuesto PAIS el prximo 22 de diciembre.
El artculo 1 establece el rgimen de percepcin que se aplicar en todo el territorio de la Nacin sobre determinadas operaciones:
- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera.
- Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisicin de bienes y/o prestaciones de servicios realizadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilizacin de tarjetas de crdito, de compra y de dbito.
- Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras destinadas al pago, por cuenta y orden del contratante residente en el pas, de servicios prestados por sujetos no residentes en el pas, que se cancelen mediante la utilizacin de tarjetas de crdito, de compra y de dbito, entre otras.
Son sujetos pasibles de la percepcin, las personas humanas o jurdicas, sucesiones indivisas y dems responsables, residentes en el pas en los trminos del artculo 116 y siguientes de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que efecten alguna de las operaciones sealadas en el artculo 1 de la norma.
ETIQUETAS gananciasganancias
VOLVER