07 DIC, 2018
Aspectos impositivos del Presupuesto nacional para el ejercicio 2019
Mediante la ley 27467, se aprueba el presupuesto de la Nacin para el ejercicio 2019. En materia impositiva, se destacan los siguientes aspectos:
Derechos de exportacin:
Se establece la posibilidad, hasta el 31/12/2020, de que el Poder Ejecutivo Nacional fije derechos de exportacin con una alcuota de hasta el 30% del valor de los bienes. El citado tope ser del 12% para las mercaderas que no estaban sujetas a derechos de exportacin al 2/9/2018.
Cooperativas y mutuales con actividades financieras y/o de seguros:
Se establece una contribucin especial sobre el capital de cooperativas y mutuales que desarrollen actividades financieras y de seguros. La alcuota a aplicar ser del 4% o del 6%, cuando el capital a gravar supere los 100 millones de pesos.
Secreto fiscal:
Se amplan los casos en los que no rige el secreto fiscal para:
- los casos de remisin de informacin al exterior en el marco de los Acuerdos de Cooperacin Internacionales celebrados por la AFIP con otras Administraciones Tributarias del exterior;
- la ANSeS por informaciones relacionadas con la prevencin y fiscalizacin en el fraude por otorgamiento de prestaciones o subsidios que otorgue el citado Organismo.
Impuestos internos:
- Champaas:
Se deja sin efecto la aplicacin del impuesto interno por el expendio de champaas -Cap. VII, Tt. II, L. 24674-. Recordamos que este impuesto no se aplicaba porque vena experimentando suspensiones sucesivas.
- Automotores:
Las bases imponibles para el impuesto interno a los vehculos automviles y motores, embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves sern actualizadas en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada ao.
Bienes personales:
La valuacin de automotores, motovehculos, maquinaria agrcola, vial e industrial ya no ser elaborada por la AFIP, ser tomada del valor indicado en la tabla de referencia que elabora la Direccin Nacional de la Propiedad Automotor y de Crditos Prendarios a los fines del clculo de los aranceles por la transferencia e inscripcin de dichos bienes.
Viviendas sociales:
Se exime del impuesto al valor agregado a los trabajos destinados a la construccin de viviendas sociales por un valor de hasta 140.000 unidades de valor adquisitivo (UVA), estableciendo la posibilidad de que los crditos fiscales originados por la construccin de dichos bienes puedan ser acreditados contra otros impuestos.
Soja. Alcuota reducida en IVA:
Se establece, a partir del 1/1/2019, la alcuota reducida en el impuesto al valor agregado para la comercializacin de granos de soja y para determinados residuos que se originen a raz de la industrializacin de dichos granos.
Libros, diarios y revistas, y otras publicaciones:
Se extiende a toda la cadena de comercializacin la exencin del IVA prevista para los libros, folletos e impresos similares, diarios, revistas y publicaciones peridicas, y se exime a las suscripciones de ediciones periodsticas digitales de informacin en lnea.
Los crditos fiscales del IVA originados en la impresin de libros, folletos e impresos similares podrn ser computados contra otras operaciones gravadas en el impuesto, y cuando ello no fuera posible, podrn ser computados contra otros impuestos.
Se modifican los importes de facturacin anual aplicables a la locacin de espacios publicitarios que se utilizan para determinar la aplicacin de la alcuota diferencial del impuesto al valor agregado para las editoriales y las ediciones digitales de informacin en lnea.
Reintegro a consumidores finales:
Se faculta a la AFIP a establecer un rgimen de reintegro para los consumidores finales, destinado a estimular la formalizacin de la economa y el cumplimiento tributario.
Combustibles:
Se exime del impuesto sobre los combustibles lquidos y del impuesto al dixido de carbono a las importaciones de gasoil y disel oil, y a su venta en el mercado interno, realizadas durante el ao 2019, para compensar los picos de demanda que no puedan ser satisfechos por la produccin local.
Unidad de Valor Tributario:
Se prorroga, hasta el 15/9/2019, el plazo para que el Poder Ejecutivo Nacional remita al Congreso el proyecto de ley de creacin de la unidad de medida homognea (UVT) para determinar importes fijos, impuestos mnimos, escalas y otros valores contemplados en las leyes tributarias cuya recaudacin est a cargo de la AFIP.
ETIQUETAS procedimiento fiscal
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